Las contrataciones con el Estado peruano no son terrenos confusos, tienen sus reglas claramente establecidas de acuerdo con el Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado (Ley N° 30225) en vigencia desde el año 2016 y modificado en 2017. En él se establecen siete mecanismos para la contratación de servicios, bienes y ejecución de obras a privados.
Es importante destacar que el método de contratación varía en función de qué es lo que se va a contratar (si es un bien, un servicio o una obra) y del valor referencial de lo contratado previsto en presupuesto. En este sentido existen siete maneras de contratar, las cuales detallamos a continuación: